Confirmado por Muface: estas son las nuevas prestaciones que ofrecerá a los funcionarios mutualistas hasta 2028

Te contamos de qué manera van a cambiar los servicios prestados así como los compromisos que asume el organismo público a partir de ahora.
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El nuevo concierto económico de Muface para los próximos tres años está a la vuelta de la esquina. Será después de Semana Santa cuando se firme. Por tanto, entrará en vigor en mayo. Será durante ese mes cuando los asegurados de DKV deberán ‘deshojar la margarita’ y elegir entre SegurCaixa Adeslas, Asisa o la Seguridad Social.

Llegados a este punto, hay un hecho que conviene remarcarse. Así lo matiza la propia Muface: “En caso de no realizar el cambio, Muface hará cambio de oficio a INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) al terminar el plazo conferido”. Por tanto, si no mueven ficha, acabarán en la Seguridad Social el 1 de junio.

¿Cómo deben hacer el cambio? Varias son las fórmulas previstas: bien por sede electrónica; bien descargando el modelo de impreso en la web de Muface y enviándolo por correo postal; o bien acudiendo a otros registros.

¿Qué nuevas prestaciones tendrán los mutualistas?

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado 1 de abril la conocida como ‘nueva carta de servicio de Muface’. La misma estará vigente hasta 2028 y sirve para que los ciudadanos conozcan sus servicios y los compromisos de calidad en su prestación. Asimismo, los derechos que les asisten.

Dicha carta contiene una serie de novedades que deben ser tenidas en cuenta por el colectivo mutualista. Así, por ejemplo, están las ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género, que se convocaron por primera vez en 2023.

También la actualización de los canales de solicitud de las diferentes ayudas, servicios y prestaciones, que incluyen todos los nuevos servicios implantados desde 2020. “Así, durante la vigencia de la carta anterior, han sido 24 servicios electrónicos nuevos los incluidos en la sede electrónica y son 9 los servicios nuevos que pueden utilizarse en la aplicación para dispositivos móviles (App)”, destacan desde Muface.

Sin olvidar la implantación de la receta electrónica concertada en 10 comunidades autónomas; la inclusión de los nuevos servicios complementarios de información e interacción, como el servicio de atención telefónica preferente para mayores Muface 75+ o las redes sociales X y Linkedin; y la modificación de los compromisos de calidad en la prestación de servicios.

“Se han incluido el tiempo de respuesta a las consultas recibidas en la Oficina de Información al Mutualistas (OIM), la actualización permanente de la App o el porcentaje de consultas contestadas desde Muface 75”, matizan desde el organismo público.

Otro de los puntos fuertes de dicha carta tiene que ver con lo que denominan como agilidad en la gestión. E incluye diferentes aspectos:

  • Resolución de las reclamaciones formuladas ante Comisión Mixta por actuaciones de asistencia sanitaria de entidades concertadas en el plazo máximo de seis meses desde que la solicitud tiene entrada en Muface, en caso de que intervenga la Comisión Mixta Nacional, o de tres si el expediente se resuelve a nivel provincial.
  • Resolución de las solicitudes de las ayudas sociosanitarias a personas con enfermedad celíaca en un plazo no superior a 5 días hábiles desde la recepción en Muface de la solicitud completa.
  • Resolución de las solicitudes de subsidio de incapacidad temporal de riesgo durante el embarazo o de riesgo durante la lactancia natural en un plazo no superior a 7 días hábiles desde que Muface dispone de la información completa del órgano de personal y de la solicitud del mutualista.
  • Resolución de las solicitudes de subsidio de jubilación, defunción o de ayuda al sepelio en un plazo no superior a 7 días hábiles desde la recepción en Muface de la solicitud completa.
  • Resolución de las solicitudes de las prestaciones complementarias dentarias y oculares en un plazo no superior a 10 días hábiles desde la recepción en Muface de la solicitud completa.
  • Publicación de la convocatoria anual de ayudas asistenciales en el primer semestre del año natural.
  • Publicación de la convocatoria anual de ayudas para los programas sociosanitarios en el primer semestre del año natural.
  • Publicación de la convocatoria anual de becas de estudio en el primer semestre del año natural.

 elespanol – Sociedad

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