En función de la entidad bancaria, las personas en situación de desempleo pueden cobrar la prestación entre el 7 y el 10 de mayo.
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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece a las personas en paro una prestación por desempleo mensual en función de los años que tengan cotizados y de la base de cotización de su último contrato de trabajo.
Aunque es el día 10 de cada mes la fecha oficial de inicio del pago por parte del SEPE, hay algunas entidades financieras como el Banco Santander que adelantan el pago al miércoles 7 de mayo.
Aparte del banco presidido por Ana Botín, Openbank y Banco Mediolanum también realizan el ingreso en el día 7. Esto se debe a que estas entidades, y el resto, colaboran con la Tesorería General de la Seguridad Social gracias al mecanismo denominado Cuenta Única Centralizada, que permite a los bancos conocer de antemano los datos de pago.
Actualmente en España, tras el repunte del primer trimestre del año, hay 2,79 millones de personas desempleadas, el mayor incremento en un inicio de año desde 2013.
En este sentido, esta prestación permite durante un máximo de dos años el cobro de una ayuda económica que puede hacer más llevadera la búsqueda de un nuevo empleo a la vez que se siguen pagando las facturas.
Bancos que también adelantan el pago
Aparte de los mencionados previamente, hay una gran cantidad de entidades españolas que realizan el ingreso el día 8 de cada mes, en este caso el jueves 8 de mayo. Algunas de las más destacadas son Bankinter, BBVA, Caixabank y Unicaja.
Por su parte, sí que hay algunas entidades que realizan el pago a la par que el SEPE, por lo que los clientes de bancos como Ibercaja, Abanca, Banco Sabadell e ING deberán esperar hasta el día 10.
- Banco Santander:7 de mayo
- Caixabank:8 de mayo
- BBVA:8 de mayo
- Unicaja: 8 de mayo
- Bankinter:8 de mayo
- Banco Sabadell:10 de mayo
- Abanca: 10 de mayo
- ING:10 de mayo
El primer requisito para acceder a la prestación por desempleo es haber cotizado mínimo 360 días en los últimos seis años anteriores al cese laboral, inscribirse como demandante de empleo y solicitar la prestación en el SEPE.
Es importante que la inscripción tenga lugar en los siguientes 15 días hábiles a la finalización del contrato anterior. Si no, se puede perder el derecho a cobrar la prestación por desempleo o sufrir una reducción proporcional a los días de retraso.
Compromiso de actividad
Otro requisito es el compromiso de actividad, que consiste en la obligación de participar en acciones formativas, de orientación profesional y aceptar ofertas de empleo que proponga el SEPE en función de las características y el currículo del demandante.
Por último, es importante señalar que, si se abandona un empleo de forma voluntaria, se pierde el derecho a la prestación por desempleo. Solamente en algunas excepciones como incumplimientos graves del empleador o retrasos continuados en el salario se puede acceder a la prestación, según el Estatuto de los Trabajadores.
elespanol – Sociedad