El Tribunal Constitucional rechazará de plano las recusaciones presentadas por el líder de Junts, Carles Puigdemont, y el exconseller Toni Comín contra tres magistrados del sector conservador del tribunal. Previsiblemente, la decisión se tomará en el pleno del órgano de garantías, fijado para el día 23 de septiembre.
Las resoluciones redactadas proponen inadmitir el intento de apartar a tres magistrados y retomar de inmediato el debate sobre la aplicación del perdón a la malversación
El Tribunal Constitucional rechazará de plano las recusaciones presentadas por el líder de Junts, Carles Puigdemont, y el exconseller Toni Comín contra tres magistrados del sector conservador del tribunal. Previsiblemente, la decisión se tomará en el pleno del órgano de garantías, fijado para el día 23 de septiembre.
Las resoluciones preparadas se basan en la falta de fundamentación de las recusaciones, y consideran que ni siquiera deben admitirse a trámite. Ello permitirá reiniciar inmediatamente el debate sobre los recursos de amparo presentados por los propios Puigdemont y Comín por la inaplicación de la ley de amnistía al delito de malversación, de cuya resolución puede depender que se levante dentro de pocos meses la orden de detención dictada contra ambos si se detecta su presencia en España.
Las recusaciones presentadas por Puigdemont y Comín se dirigían contra los magistrados Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José Mario Macías. En el caso de Arnaldo, la defensa de Puigdemont —a cargo del letrado Gonzalo Boye— hacía especial mención del contenido de su libro “Tiempo de Constitución”, en el que dicho magistrado —sostiene el escrito— muestra su “animadversión” hacia el líder de Junts.
En cuanto a los magistrados Macías y Espejel las recusaciones argumentaban que ambos se han referido en distintas ocasiones a los planes independentistas como delictivos. Puigdemont y Comín cuestionaban la participación de los citados miembros del tribunal en la resolución de sus recursos por su falta de imparcialidad.
Las recusaciones fueron presentadas a menos de veinticuatro horas de que el Constitucional pudiera dar luz verde a la admisión a trámite de las peticiones de amparo de los propios Puigdemont y Comín contra la inaplicación de la ley de amnistía a su caso. El tribunal llevaba a su pleno del pasado día 9 la más que probable admisión de los recursos de ambos exdirigentes del procés.
Las recusaciones frenaron en seco la toma de esta decisión y obligaron al nombramiento de ponentes para estudiar las nuevas peticiones. Para el caso de Puigdemont, la ponencia o proyecto de resolución correspondió a la magistrada Laura Díez, y para el de Comín, a la vicepresidenta del órgano de garantías, Inmaculada Montalbán.
Ambas ponentes han considerado en sus respectivos informes que las alegaciones de los citados líderes del procés no tienen suficiente entidad para cuestionar la participación de los magistrados recusados en el proceso de decisión sobre los recursos de amparo que han presentado en demanda de que se les aplique la ley de amnistía. El tribunal retomará, por tanto, a partir del próximo día 23, el debate sobre si la aplicación de dicha ley implica el perdón del delito de malversación, del que Puigdemont y Comín están acusados, sin haber sido juzgados, dado que ambos permanecen huidos de la justicia.
Si el Constitucional concluye que la ley de amnistía es efectivamente aplicable al delito de malversación quedará en manos del Supremo el modo de actuar de forma consecuente con la decisión del órgano de garantías. La Sala Penal, que juzgó la causa del procés, deberá resolver, en suma, si es coherente con dicha aplicación del perdón a la figura delictiva de la malversación el hecho de mantener la medida cautelar de la orden de detención de Puigdemont y Comín en el supuesto de que se detecte su presencia en territorio español.
En todo caso, no cabe descartar, en esta situación, que el Supremo manifieste dudas sobre la decisión que debe tomar y las plantee ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Por esta causa es de especial relevancia la sentencia que tiene pendiente el TJUE sobre las consultas que le han dirigido el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional, referidas a la ley de amnistía. El Constitucional se propone actuar sin dilaciones en la resolución de los recursos de amparo presentados contra la inaplicación de la citada ley a los líderes del procés condenados por malversación —o acusados de este tipo delictivo sin haber sido juzgados—, pero al mismo tiempo estima conveniente conocer pronto la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esta decisión puede llegar en noviembre próximo, tras conocerse el informe del Abogado General, que anticipará en buena medida la sentencia.
Fuentes del órgano de garantías se considera que si el TJUE decide que el procés no afectó a los intereses financieros de la Unión, ni supuso transgresión alguna de principios básicos de la justicia europea, será más probable que el debate jurídico sobre el ámbito de aplicación de la ley de amnistía no siga alargándose indefinidamente con nuevas impugnaciones.
No obstante, las mismas fuentes estiman que ha sido un mal precedente el planteamiento de consultas al Tribunal de Justicia de la UE por parte de la Audiencia de Sevilla sobre el caso de los ERE, una vez que el Constitucional había dictado sus sentencias sobre el caso, desactivando las condenas que impuso dicha Audiencia y luego confirmó el Supremo.
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