Samuel Vázquez, portavoz nacional de Seguridad e Inmigración de Vox, ha sido condenado a 10 meses de prisión y al pago de una multa de 3.600 euros —a razón de 12 euros diarios por diez meses— como autor de un delito electoral. La Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Móstoles (Madrid) lo ha condenado por participar en la campaña electoral de Vox para las elecciones municipales de 2023, a pesar de que ley lo prohíbe expresamente a los miembros de las Fuerzas Armadas, de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, de las policías autonómicas y locales, jueces, magistrados fiscales e integrantes de las juntas electorales. En la actualidad Vázquez está en situación de servicios especiales, pero en el momento de los hechos era agente de la Policía Nacional en activo.
Samuel Vázquez participó en la campaña al Ayuntamiento de Fuenlabrada pese a ser policía en activo, según la sentencia
Samuel Vázquez participó en la campaña al Ayuntamiento de Fuenlabrada pese a ser policía en activo, según la sentencia

Samuel Vázquez, portavoz nacional de Seguridad e Inmigración de Vox, ha sido condenado a 10 meses de prisión y al pago de una multa de 3.600 euros —a razón de 12 euros diarios por diez meses— como autor de un delito electoral. La Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Móstoles (Madrid) lo ha condenado por participar en la campaña electoral de Vox para las elecciones municipales de 2023, a pesar de que ley lo prohíbe expresamente a los miembros de las Fuerzas Armadas, de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, de las policías autonómicas y locales, jueces, magistrados fiscales e integrantes de las juntas electorales. En la actualidad Vázquez está en situación de servicios especiales, pero en el momento de los hechos era agente de la Policía Nacional en activo.
Según la sentencia, dictada el pasado día 10, Vázquez participó durante la campaña electoral de las municipales en un acto de Vox en Fuenlabrada en el que intervinieron tanto la candidata del partido ultra a la alcaldía de la localidad como su número dos. En el cartel anunciador del mitin aparecían tanto la candidata de Vox, Isabel Pérez Moñino, actual portavoz del grupo ultra en la Asamblea de Madrid, como Sanuel Vázquez, presidente de la asociación Policía Siglo XXI. Pérez Moñino, que declaró como testigo en el juicio, aseguró que no le dijeron al agente que se tratara de un acto electoral, aunque reconoció que estaban en campaña y pidieron el voto para las elecciones que se celebraron una semana después. “Por eso os pido vuestro voto, os pido vuestra confianza, os pido vuestro apoyo porque os puedo asegurar que en Vox tenemos el plan más ambicioso contra la inseguridad”, dijo Pérez Moñino antes de ceder la palabra a Vox.
Tras pintar un panorama negro de la situación de la seguridad en la pueblo, el policía aseguró “que se necesita un Giuliani, un Bukele o una persona aquí en España”, aludiendo a al exalcalde de Nueva York y al presidente de El Salvador, conocidos por combatir el crimen con métodos brutales, “pero necesitamos un hombre fuerte”, insistió. “Los primeros meses de Bukele fueron un infierno, [pero] aguantó el coste, que le llamaran fascista, torturador, [violador de] los derechos humanos, todas las ONG, partidos políticos de izquierdas, medios de comunicación”, proclamó. Según la sentencia, Vázquez aseguró a continuación que España todavía no ha encontrado un político dispuesto a actuar como Bukele y asumir las críticas, a lo que una persona del público gritó: “¡Santiago Abascal!” Él le replicó: “Eso no lo he dicho yo, que me expedientan… Vengo aquí como invitado, ¿eh?, que luego…tengo uno finalizado y dos [expedientes] abiertos por favor […] Esperamos que existan políticos que quieran escuchar, a mi Isabel [Pérez Moñibno] me ha escuchado mucho; o sea, a mi asociación”.
“El hecho de que el acusado no pidiera expresamente el voto para la candidata de Vox no significa que no llevase a cabo un acto de campaña electoral”, argumenta el juez. “No existe duda de estamos ante un acto de campaña electoral celebrado en Fuenlabrada, con la participación de la primera y la segunda [candidatas] en la lista de Vox en dicho municipio apenas una semana antes del día de las elecciones municipales”, concluye.
La condena –que lleva aparejada la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo y para el ejercicio de empleo o cargo público durante el tiempo de condena— aún no es firme. Puede recurrirse ante la Audiencia Provincial de Madrid.
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