El Gobierno no puede fijar más condiciones en la opa de BBVA al Sabadell, según el criterio del Consejo de Estado

El próximo martes 24 de junio se deshojará la margarita de la decisión del Gobierno de Pedro Sánchez sobre la opa de BBVA a Banco Sabadell . El Ejecutivo tiene claro que la ley le permite endurecer las condiciones al banco vasco pero cada vez hay más dudas de que esa posibilidad sea legal. No solo entre los juristas hay voces que lo niegan, sino que el propio BBVA entiende que el Consejo de Ministros solo puede mantener o suavizar las condiciones previamente fijadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y en ningún caso hacer que estas sean más duras. Para sostener esa postura se apoya, por un lado, en el espíritu de la legislación y, por otro, en un dictamen del Consejo de Estado. Fue el presidente de BBVA, Carlos Torres , quien puso boca arriba sus argumentos en una reciente entrevista en Onda Cero. Señaló a un informe del Consejo de Estado para negar al Gobierno la posibilidad de endurecerle las condiciones de la opa . Ese informe, según ha podido comprobar ABC, data de julio de 2006, cuando la Ley de Defensa de la Competencia estaba en tramitación a propuesta del Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero. En aquel momento se modificó por completo el régimen de control de las concentraciones empresariales.Noticia Relacionada estandar Si El Gobierno confirma que intervendrá en la opa de BBVA sobre el Sabadell el martes 24 de junio Daniel Caballero La decisión la tendrá que adoptar el Consejo de Ministros, donde llevarán la voz cantante el presidente Sánchez y el ministro CuerpoLa ley fijó la llamada fase tres por la cual el Consejo de Ministros, tras decidirlo el ministro de Economía de turno, puede intervenir para «valorar» las operaciones de concentración en base a criterios distintos de la competencia, ya que estos ya son analizados por la CNMC. Aquella regulación sigue vigente hoy día.El artículo 60 de la normativa establece que el Consejo de Ministros puede confirmar la resolución de la CNMC o «acordar autorizar la concentración, con o sin condiciones». Una redacción difusa que fue objeto de análisis por el Consejo de Estado cuando aún estaba en anteproyecto. El dictamen de la institución consultiva apuntó a que el Gobierno, en estos casos, no puede «imponer más condiciones que las previamente fijadas por el consejo de la Comisión Nacional de Competencia, de manera que solo podrá eliminar las condiciones impuestas o suavizarlas». El Consejo de Estado destacó que esto se «deriva de la propia lógica del anteproyecto, que parte de la idea de que el Consejo de Ministros puede autorizar lo que prohíbe la Comisión pero no puede prohibir lo que ella autoriza».La intervención del Gobierno, en cualquier caso, tendría que ser en base a criterios distintos de los de competenciaHacía referencia indirecta, así, a que el espíritu que tiene la Ley de Defensa de la Competencia sería el de permitir al Gobierno que facilite las operaciones a las que la CNMC pone trabas, y no al contrario. Es por ello que el Consejo de Estado reclamó al Ejecutivo socialista de entonces que precisara un poco más la «redacción proyectada» en la norma para dejar ese aspecto meridianamente claro; apuntaba con su criterio a interpretar la redacción de manera restrictiva para el Gobierno, pero quería que no pudiera haber quien dudara de ello. El Ejecutivo de Zapatero, sin embargo, sacó adelante la normativa bajo la ambigüedad que hoy en la opa de BBVA supone un problema. Casualmente, uno de los artífices de aquella ley de competencia fue David Vegara, entonces secretario de Estado de Economía y hoy alto directivo de Banco Sabadell.«Carácter excepcional»Más allá de ello, el dictamen del Consejo de Estado también llamaba la atención sobre que la intervención del Gobierno es algo que se plantea como de «carácter excepcional» y que debería subrayarse más en la norma. La institución aplaudía que se restringiera el ámbito y el alcance de la intervención del Consejo de Ministros, pero también ponía el acento sobre la vaguedad de su redacción. Reclamó, sin éxito, « una mayor precisión a la hora de delimitar los criterios de valoración» que puede usar el Ejecutivo; los criterios de «interés general» que enumera la ley y de los que puede servirse el Gobierno para intervenir. El órgano fue claro sobre que había que delimitar la capacidad para intervenir con los criterios: «Cabe objetar, como también han hecho el Consejo Económico y Social, el Tribunal de Defensa de la Competencia o la AEDC, que se trata de una enumeración abierta. Sería más acertado, puesto que la propia ley restringe el ámbito de decisión del Consejo de Ministros, establecer un ‘numerus clausus’».Así las cosas, como publicó ABC , los juristas entienden que la redacción de la ley da demasiado margen de maniobra al Gobierno, como decía el Consejo de Estado. Y también apuntan esas mismas fuentes a que el Ejecutivo no puede endurecer las condiciones a BBVA.Cuando se aprobó la ley, Uría, asesor del Sabadell, sostenía que el Gobierno solo puede eliminar o suavizar las condicionesIncluso, en esta tesis se encontraba Uría Menéndez, asesor legal de cabecera de Banco Sabadell en la operación, en el momento en que se aprobó en 2007 la ley de competencia. El prestigioso despacho, en un artículo firmado aquel año por dos de sus abogados, sostenía que si el Gobierno quería intervenir en operaciones de concentración tendría que ser, a su criterio, con condiciones «menos onerosas» que las de Competencia. En cualquier caso, el debate y puede que la batalla jurídica estarán servidos una vez el Ejecutivo comunique su decisión este próximo martes. Se da por descontado en los círculos financieros que el Consejo de Ministros pretende hacer más gravosas las condiciones para BBVA . La diferencia en este caso es que BBVA parece tener estudiada ya la situación por si hiciera falta llegar a la vía judicial, como advirtió. El banco vasco podría acudir al Tribunal Supremo para intentar tumbar la intervención del Ejecutivo, como apuntó Carlos Torres, para lo que se serviría también del dictamen del Consejo de Estado. El próximo martes 24 de junio se deshojará la margarita de la decisión del Gobierno de Pedro Sánchez sobre la opa de BBVA a Banco Sabadell . El Ejecutivo tiene claro que la ley le permite endurecer las condiciones al banco vasco pero cada vez hay más dudas de que esa posibilidad sea legal. No solo entre los juristas hay voces que lo niegan, sino que el propio BBVA entiende que el Consejo de Ministros solo puede mantener o suavizar las condiciones previamente fijadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y en ningún caso hacer que estas sean más duras. Para sostener esa postura se apoya, por un lado, en el espíritu de la legislación y, por otro, en un dictamen del Consejo de Estado. Fue el presidente de BBVA, Carlos Torres , quien puso boca arriba sus argumentos en una reciente entrevista en Onda Cero. Señaló a un informe del Consejo de Estado para negar al Gobierno la posibilidad de endurecerle las condiciones de la opa . Ese informe, según ha podido comprobar ABC, data de julio de 2006, cuando la Ley de Defensa de la Competencia estaba en tramitación a propuesta del Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero. En aquel momento se modificó por completo el régimen de control de las concentraciones empresariales.Noticia Relacionada estandar Si El Gobierno confirma que intervendrá en la opa de BBVA sobre el Sabadell el martes 24 de junio Daniel Caballero La decisión la tendrá que adoptar el Consejo de Ministros, donde llevarán la voz cantante el presidente Sánchez y el ministro CuerpoLa ley fijó la llamada fase tres por la cual el Consejo de Ministros, tras decidirlo el ministro de Economía de turno, puede intervenir para «valorar» las operaciones de concentración en base a criterios distintos de la competencia, ya que estos ya son analizados por la CNMC. Aquella regulación sigue vigente hoy día.El artículo 60 de la normativa establece que el Consejo de Ministros puede confirmar la resolución de la CNMC o «acordar autorizar la concentración, con o sin condiciones». Una redacción difusa que fue objeto de análisis por el Consejo de Estado cuando aún estaba en anteproyecto. El dictamen de la institución consultiva apuntó a que el Gobierno, en estos casos, no puede «imponer más condiciones que las previamente fijadas por el consejo de la Comisión Nacional de Competencia, de manera que solo podrá eliminar las condiciones impuestas o suavizarlas». El Consejo de Estado destacó que esto se «deriva de la propia lógica del anteproyecto, que parte de la idea de que el Consejo de Ministros puede autorizar lo que prohíbe la Comisión pero no puede prohibir lo que ella autoriza».La intervención del Gobierno, en cualquier caso, tendría que ser en base a criterios distintos de los de competenciaHacía referencia indirecta, así, a que el espíritu que tiene la Ley de Defensa de la Competencia sería el de permitir al Gobierno que facilite las operaciones a las que la CNMC pone trabas, y no al contrario. Es por ello que el Consejo de Estado reclamó al Ejecutivo socialista de entonces que precisara un poco más la «redacción proyectada» en la norma para dejar ese aspecto meridianamente claro; apuntaba con su criterio a interpretar la redacción de manera restrictiva para el Gobierno, pero quería que no pudiera haber quien dudara de ello. El Ejecutivo de Zapatero, sin embargo, sacó adelante la normativa bajo la ambigüedad que hoy en la opa de BBVA supone un problema. Casualmente, uno de los artífices de aquella ley de competencia fue David Vegara, entonces secretario de Estado de Economía y hoy alto directivo de Banco Sabadell.«Carácter excepcional»Más allá de ello, el dictamen del Consejo de Estado también llamaba la atención sobre que la intervención del Gobierno es algo que se plantea como de «carácter excepcional» y que debería subrayarse más en la norma. La institución aplaudía que se restringiera el ámbito y el alcance de la intervención del Consejo de Ministros, pero también ponía el acento sobre la vaguedad de su redacción. Reclamó, sin éxito, « una mayor precisión a la hora de delimitar los criterios de valoración» que puede usar el Ejecutivo; los criterios de «interés general» que enumera la ley y de los que puede servirse el Gobierno para intervenir. El órgano fue claro sobre que había que delimitar la capacidad para intervenir con los criterios: «Cabe objetar, como también han hecho el Consejo Económico y Social, el Tribunal de Defensa de la Competencia o la AEDC, que se trata de una enumeración abierta. Sería más acertado, puesto que la propia ley restringe el ámbito de decisión del Consejo de Ministros, establecer un ‘numerus clausus’».Así las cosas, como publicó ABC , los juristas entienden que la redacción de la ley da demasiado margen de maniobra al Gobierno, como decía el Consejo de Estado. Y también apuntan esas mismas fuentes a que el Ejecutivo no puede endurecer las condiciones a BBVA.Cuando se aprobó la ley, Uría, asesor del Sabadell, sostenía que el Gobierno solo puede eliminar o suavizar las condicionesIncluso, en esta tesis se encontraba Uría Menéndez, asesor legal de cabecera de Banco Sabadell en la operación, en el momento en que se aprobó en 2007 la ley de competencia. El prestigioso despacho, en un artículo firmado aquel año por dos de sus abogados, sostenía que si el Gobierno quería intervenir en operaciones de concentración tendría que ser, a su criterio, con condiciones «menos onerosas» que las de Competencia. En cualquier caso, el debate y puede que la batalla jurídica estarán servidos una vez el Ejecutivo comunique su decisión este próximo martes. Se da por descontado en los círculos financieros que el Consejo de Ministros pretende hacer más gravosas las condiciones para BBVA . La diferencia en este caso es que BBVA parece tener estudiada ya la situación por si hiciera falta llegar a la vía judicial, como advirtió. El banco vasco podría acudir al Tribunal Supremo para intentar tumbar la intervención del Ejecutivo, como apuntó Carlos Torres, para lo que se serviría también del dictamen del Consejo de Estado.  

El próximo martes 24 de junio se deshojará la margarita de la decisión del Gobierno de Pedro Sánchez sobre la opa de BBVA a Banco Sabadell. El Ejecutivo tiene claro que la ley le permite endurecer las condiciones al banco vasco pero cada vez … hay más dudas de que esa posibilidad sea legal. No solo entre los juristas hay voces que lo niegan, sino que el propio BBVA entiende que el Consejo de Ministros solo puede mantener o suavizar las condiciones previamente fijadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y en ningún caso hacer que estas sean más duras. Para sostener esa postura se apoya, por un lado, en el espíritu de la legislación y, por otro, en un dictamen del Consejo de Estado.

Fue el presidente de BBVA, Carlos Torres, quien puso boca arriba sus argumentos en una reciente entrevista en Onda Cero. Señaló a un informe del Consejo de Estado para negar al Gobierno la posibilidad de endurecerle las condiciones de la opa. Ese informe, según ha podido comprobar ABC, data de julio de 2006, cuando la Ley de Defensa de la Competencia estaba en tramitación a propuesta del Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero. En aquel momento se modificó por completo el régimen de control de las concentraciones empresariales.

La ley fijó la llamada fase tres por la cual el Consejo de Ministros, tras decidirlo el ministro de Economía de turno, puede intervenir para «valorar» las operaciones de concentración en base a criterios distintos de la competencia, ya que estos ya son analizados por la CNMC. Aquella regulación sigue vigente hoy día.

El artículo 60 de la normativa establece que el Consejo de Ministros puede confirmar la resolución de la CNMC o «acordar autorizar la concentración, con o sin condiciones».

Una redacción difusa que fue objeto de análisis por el Consejo de Estado cuando aún estaba en anteproyecto. El dictamen de la institución consultiva apuntó a que el Gobierno, en estos casos, no puede «imponer más condiciones que las previamente fijadas por el consejo de la Comisión Nacional de Competencia, de manera que solo podrá eliminar las condiciones impuestas o suavizarlas». El Consejo de Estado destacó que esto se «deriva de la propia lógica del anteproyecto, que parte de la idea de que el Consejo de Ministros puede autorizar lo que prohíbe la Comisión pero no puede prohibir lo que ella autoriza».

La intervención del Gobierno, en cualquier caso, tendría que ser en base a criterios distintos de los de competencia

Hacía referencia indirecta, así, a que el espíritu que tiene la Ley de Defensa de la Competencia sería el de permitir al Gobierno que facilite las operaciones a las que la CNMC pone trabas, y no al contrario. Es por ello que el Consejo de Estado reclamó al Ejecutivo socialista de entonces que precisara un poco más la «redacción proyectada» en la norma para dejar ese aspecto meridianamente claro; apuntaba con su criterio a interpretar la redacción de manera restrictiva para el Gobierno, pero quería que no pudiera haber quien dudara de ello.

El Ejecutivo de Zapatero, sin embargo, sacó adelante la normativa bajo la ambigüedad que hoy en la opa de BBVA supone un problema. Casualmente, uno de los artífices de aquella ley de competencia fue David Vegara, entonces secretario de Estado de Economía y hoy alto directivo de Banco Sabadell.

«Carácter excepcional»

Más allá de ello, el dictamen del Consejo de Estado también llamaba la atención sobre que la intervención del Gobierno es algo que se plantea como de «carácter excepcional» y que debería subrayarse más en la norma.

La institución aplaudía que se restringiera el ámbito y el alcance de la intervención del Consejo de Ministros, pero también ponía el acento sobre la vaguedad de su redacción. Reclamó, sin éxito, «una mayor precisión a la hora de delimitar los criterios de valoración» que puede usar el Ejecutivo; los criterios de «interés general» que enumera la ley y de los que puede servirse el Gobierno para intervenir. El órgano fue claro sobre que había que delimitar la capacidad para intervenir con los criterios: «Cabe objetar, como también han hecho el Consejo Económico y Social, el Tribunal de Defensa de la Competencia o la AEDC, que se trata de una enumeración abierta. Sería más acertado, puesto que la propia ley restringe el ámbito de decisión del Consejo de Ministros, establecer un ‘numerus clausus’».

Así las cosas, como publicó ABC, los juristas entienden que la redacción de la ley da demasiado margen de maniobra al Gobierno, como decía el Consejo de Estado. Y también apuntan esas mismas fuentes a que el Ejecutivo no puede endurecer las condiciones a BBVA.

Cuando se aprobó la ley, Uría, asesor del Sabadell, sostenía que el Gobierno solo puede eliminar o suavizar las condiciones

Incluso, en esta tesis se encontraba Uría Menéndez, asesor legal de cabecera de Banco Sabadell en la operación, en el momento en que se aprobó en 2007 la ley de competencia. El prestigioso despacho, en un artículo firmado aquel año por dos de sus abogados, sostenía que si el Gobierno quería intervenir en operaciones de concentración tendría que ser, a su criterio, con condiciones «menos onerosas» que las de Competencia.

En cualquier caso, el debate y puede que la batalla jurídica estarán servidos una vez el Ejecutivo comunique su decisión este próximo martes. Se da por descontado en los círculos financieros que el Consejo de Ministros pretende hacer más gravosas las condiciones para BBVA.

La diferencia en este caso es que BBVA parece tener estudiada ya la situación por si hiciera falta llegar a la vía judicial, como advirtió. El banco vasco podría acudir al Tribunal Supremo para intentar tumbar la intervención del Ejecutivo, como apuntó Carlos Torres, para lo que se serviría también del dictamen del Consejo de Estado.

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