Las ordenanzas municipales buscan regular la convivencia, el uso público y los límites de ruido permitidos en sus arenales.Más información: Es oficial: Sanidad prohibirá fumar en playas, piscinas además de en terrazas de bares y restaurantes de España Las ordenanzas municipales buscan regular la convivencia, el uso público y los límites de ruido permitidos en sus arenales.Más información: Es oficial: Sanidad prohibirá fumar en playas, piscinas además de en terrazas de bares y restaurantes de España
Las claves
Generado con IA
Con la llegada del verano, miles de personas llenan las playas españolas para disfrutar del buen tiempo.
Sin embargo, una práctica muy habitual, como escuchar música a través de altavoces portátiles a un volumen elevado, puede acabar suponiendo una importante sanción económica.
Cada vez son más los ayuntamientos que aplican sus ordenanzas para garantizar la convivencia en los arenales, con multas que pueden alcanzar los 750 euros.
Castigo por poner música en la playa
Aunque no existe una ley estatal que prohíba expresamente poner música en la playa, los municipios con litoral cuentan con competencias para regular el uso de estos espacios públicos.
Para ello se apoyan en las ordenanzas municipales de uso de playas y protección contra el ruido, así como en la Ley 37/2003, del Ruido, y la Ley de Costas, que permiten adoptar medidas para reducir la contaminación acústica y proteger el descanso de los usuarios.
Estas normas afectan a cualquier persona que utilice altavoces Bluetooth, radios, equipos de música o incluso instrumentos musicales cuando el volumen genere molestias al resto de bañistas.
En cambio, quienes escuchan música mediante auriculares, ya sea con cable o inalámbricos, no suelen verse afectados por estas restricciones, ya que no provocan contaminación acústica.
La vigilancia corresponde habitualmente a la Policía Local, que patrulla las playas durante la temporada estival. En la mayoría de los casos, la actuación comienza tras la queja de otros usuarios o cuando los propios agentes detectan un volumen excesivo.
Sin embargo, lo habitual es que se solicite al responsable que reduzca el volumen o apague el dispositivo antes de iniciar un procedimiento sancionador.
Si el usuario atiende el requerimiento, la actuación puede quedarse en una advertencia o en una sanción de menor cuantía, normalmente de entre 100 y 200 euros, dependiendo de la ordenanza municipal.
No obstante, si ignora las indicaciones de los agentes, vuelve a subir el volumen o reincide en la conducta, la multa puede aumentar hasta situarse entre 200 y 500 euros.
En los casos más graves, especialmente cuando existe una negativa reiterada a obedecer a la autoridad o la conducta afecta a un gran número de personas, las sanciones pueden alcanzar los 750 euros, límite habitual para este tipo de infracciones leves.
Además, algunos municipios contemplan la retirada cautelar del altavoz o del equipo de sonido cuando el infractor se niega a cesar la actividad.
Ayuntamientos como los de San Sebastián, El Puerto de Santa María, A Coruña, Chipiona, Dénia o Salobreña ya cuentan con este tipo de medidas para preservar la convivencia en sus playas.
Por ello, antes de llevar un altavoz a la arena y poner la música a un volumen elevado, conviene consultar la normativa municipal y tener presente que las playas son un espacio público, por lo que el respeto a la tranquilidad y la convivencia de los otros usuarios resulta fundamental.
El Español – Sociedad
