Es oficial: las viviendas con árboles a 50 cm de la casa de un vecino podrán enfrentarse a multas de hasta 500€

El Código Civil no recoge sanciones específicas, con lo cual las multas de esta infracción dependerán de la normativa municipal y urbanística.
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Las claves

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Las viviendas con árboles situados a menos de 50 cm de la casa de un vecino pueden enfrentarse a multas de hasta 500€.

El Código Civil exige que los árboles altos se planten al menos a 2 metros de la linde, y los arbustos o árboles bajos a 50 centímetros.

Los vecinos afectados pueden exigir la poda o incluso reclamar una indemnización si las ramas o raíces invaden su propiedad.

Las sanciones concretas dependen de la ordenanza municipal, como ocurre en Soto del Real (Madrid), donde las multas pueden alcanzar los 500€.

Con el inicio de la primavera los árboles florecen y se vuelven mucho más frondosos, con lo cual es preciso recordar ciertas legislaciones que obligan a podarlos.

El Código Civil y ciertas ordenanzas municipales fijan distancias mínimas entre los árboles de una propiedad con las de un vecino.

Si la distancia es inferior a 2 metros, en caso de árboles altos, y 50 centímetros, en caso de arbustos o árboles bajos, el vecino afectado puede exigir la poda de dichas plantas y, en su defecto, llevar el caso a los tribunales.

¿Qué dice la ley de esto?

El Código Civil, mediante el artículo 591 y 592, establece que si no hay ordenanza municipal o costumbre distinta, los árboles deben plantarse al menos a 2 metros de la línea divisoria y los arbustos o árboles bajos a 50 centímetros.

Además, también señala que el vecino puede exigir que se corten las ramas que invaden su finca y, en caso de raíces, cortar las partes que invadan su parcela.

En el caso de que no se respeten las distancias o se llegue a causar daño, el afectado puede reclamar civilmente una indemnización, poda o que se arranquen los árboles.

Ahora bien, las sanciones en sí no están especificadas en el Código Civil, con lo cual dependerá de la ordenanza municipal competente.

Además, en el caso de que existan normas urbanísticas o municipales específicas sobre las propiedades ajardinadas privadas, sí pueden recaer multas por incumplimiento.

Por ejemplo, la Ordenanza Municipal para la Protección de la Convivencia Vecinal de Soto del Real, en Madrid, sanciona conductas relacionadas con el mantenimiento de parcelas privadas con multas que, en el peor de los casos, puede llegar a los 500 euros.

Esta normativa no es nueva, sino que lleva existiendo desde hace décadas; sin embargo, cada mes de marzo cobra importancia por la llegada de la primavera.

Lo cierto es que en general los propietarios tienen la obligación de podar y mantener sus árboles y arbustos para que no invadan la propiedad colindante ni afecten a los vecinos.

 El Español – Sociedad

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