La jueza de Catarroja (Valencia) que investiga penalmente la dana, Nuria Ruiz Tobarra, ha rechazado la acumulación de las acusaciones particulares y populares que solicitaron las defensas de los dos exaltos cargos del Gobierno de Carlos Mazón investigados en la causa: la exconsejera de Justicia e Interior Salomé Pradas y quien fuera su segundo durante la riada, Emilio Argüeso. Así lo recoge la magistrada en un auto notificado este viernes a las partes y que, al no ser firme, puede ser recurrido en reforma o apelación.
Las defensas de los dos exaltos cargos de Mazón imputados habían solicitado la medida
Las defensas de los dos exaltos cargos de Mazón imputados habían solicitado la medida


La jueza de Catarroja (Valencia) que investiga penalmente la dana, Nuria Ruiz Tobarra, ha rechazado la acumulación de las acusaciones particulares y populares que solicitaron las defensas de los dos exaltos cargos del Gobierno de Carlos Mazón investigados en la causa: la exconsejera de Justicia e Interior Salomé Pradas y quien fuera su segundo durante la riada, Emilio Argüeso. Así lo recoge la magistrada en un auto notificado este viernes a las partes y que, al no ser firme, puede ser recurrido en reforma o apelación.
La causa de la dana, que investiga por homicidio y lesiones imprudentes las 228 muertes que dejó en Valencia la inundación del pasado 29 de octubre, acumula una decena de acusaciones populares, entre las que se encuentran los partidos Vox, PSOE, Ciudadanos y las asociaciones Acció Cultural o Liberum, que han desembolsado 6.000 euros como fianza para aterrizar en el procedimiento. Una decena de acusaciones particulares, que ejercen en su mayoría familiares de víctimas, se han personado también en las pesquisas.
“La agrupación de acusaciones particulares ha de partir como presupuesto de que el número de partes provoque dilaciones y dificulte la correcta tramitación del procedimiento”, apunta la instructora.
La resolución destaca, además, “las posturas claramente enfrentadas” de las acusaciones populares. Entre ellas, según la instructora, figuran “partidos políticos y asociaciones completamente antagónicas y diferenciadas en su actuación procesal”. Considera la jueza que el gran número de acusaciones particulares y populares “no resulta de manera automática en una desventaja para las defensas”.
La magistrada también estima “claramente inviable” atribuir a la representación letrada de Podemos, primera de las acusaciones populares personadas, la representación de las restantes, como propuso la defensa de Argüeso el pasado mayo.
La juez indica que tampoco procede la concentración en una sola representación para la práctica de actos procesales porque ello “limitaría el derecho de defensa de las acusaciones particulares, sin que se garantice la mayor brevedad en la práctica de las declaraciones, dado que deberían asumir las preguntas de las acusaciones agrupadas”.
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