El reglamento de la Unión Europea amplía de 24 a 81 el número de alérgenos, lo que cambia definitivamente el etiquetado de los cosméticos.Más información: Entró en vigor: “El periodo de prueba de un trabajador no podrá exceder de un mes” El reglamento de la Unión Europea amplía de 24 a 81 el número de alérgenos, lo que cambia definitivamente el etiquetado de los cosméticos.Más información: Entró en vigor: “El periodo de prueba de un trabajador no podrá exceder de un mes”
Las claves
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La Unión Europea ha optado por la transparencia en el mundo de la cosmética y ha ampliado de 24 a 81 el número de alérgenos en estos productos, una medida dictada por el Reglamento (UE) 2023/1545 que modifica el histórico Reglamento de Cosméticos europeo.
Así, estas sustancias consideradas dañinas deberán aparecer claramente y de forma individual en las etiquetas de productos de maquillaje, perfume, cremas, entre otros.
Los fabricantes tienen hasta el 31 de julio de 2028 para adaptar todo su stock a este cambio y a partir del 1 de agosto de 2028, cualquier producto cosmético en la estantería debe cumplir por completo el nuevo etiquetado.
¿Por qué se ha hecho la ampliación?
Como fue mencionado con anterioridad, hasta ahora la ley obligaba a declarar de manera individual 24 alérgenos conocidos, como por ejemplo, el Linalool, Limonene, Geraniol o Citronellol.
Así, el resto de sustancias aromáticas se agrupaban bajo las palabras ‘Parfum’ (perfume) o ‘Aroma’, en la lista de ingredientes sin que hubiese problema alguno.
No obstante, el Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (CCSC) de la Unión Europea realizó una serie de estudios y concluyó que había más sustancias aromáticas que causaban dermatitis de contacto alérgica en la población.
De esta manera, se optó por añadir unas 57 nuevas entradas, lo que resultó en un total de 81 el número de alérgenos. Así lo informó La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).
¿Qué sustancias se añadieron?
Es importante recalcar que los alérgenos de fragancia no son necesariamente tóxicos o peligrosos. Estas sustancias son seguras para la población general, pero suponen un problema para ciertas personas que han desarrollado una sensibilidad previa, con lo que el contacto con dichas sustancias puede desencadenar reacciones cutáneas localizadas, siendo la más común la dermatitis alérgica de contacto.
Entre las nuevas incorporaciones a la lista no solo hay sustancias sintéticas aisladas, sino también extractos naturales y aceites enteros.
De esta manera, se incluyen moléculas muy comunes como el Menthol (mentol), el Terpineol, el Camphor (alcanfor), el Pinene (pineno) o el Linalyl acetate (acetato de linalilo).
Este tipo de sustancias pueden encontrarse sobre todo en bálsamos labiales, geles y cremas para piernas, champús anticaspa, lociones y bálsamos para después del afeitado, talcos y desodorantes para pies, perfumes y colonias, geles de ducha, aceites, limpiadores faciales, jabones de manos, entre otros.
Por otro lado, también es obligatorio declarar ciertos extractos naturales si tienen potencial alergénico como el extracto de rosa, de lavanda, de jazmín o aceites cítricos.
Teniendo esto en cuenta, la obligación de imprimir el nombre de dicha sustancia en la etiqueta se activa si la concentración del alérgeno supera unos umbrales mínimos.
En el caso de productos que no se aclaran, como cremas hidratantes o perfumes, la concentración tiene que alcanzar el 0,001%. Mientras que en productos que se aclaran, como champús o jabones, el porcentaje se eleva a 0,01%.
Para los consumidores esta normativa se traduce en que a partir de este mes de agosto y progresivamente hasta el 2028, las listas de ingredientes en la parte trasera de los cosméticos serán mucho más largas.
Además, a nivel de salud será mucho más sencillo para los médicos identificar qué sustancias les dan alergia a sus pacientes, ya que aparecerán listadas en la etiqueta y que antes se agrupaban bajo el término Parfum.
El Español – Sociedad
