
La exvicepresidenta del Gobierno valenciano Mónica Oltra ha impugnado los recursos presentados contra los autos que deniegan la apertura de juicio oral contra ella y otras personas por un supuesto delito de encubrimiento de abusos, al afirmar que no existen “indicios racionales de criminalidad”. La solicitud de la defensa de Oltra se basa en dos autos de archivo de la instrucción y la petición de sobreseimiento de la Fiscalía y se presenta cuando se especula con su vuelta a la política.
Un juzgado de instrucción de Valencia acordó en diciembre de nuevo el sobreseimiento provisional del caso
La exvicepresidenta del Gobierno valenciano Mónica Oltra ha impugnado los recursos presentados contra los autos que deniegan la apertura de juicio oral contra ella y otras personas por un supuesto delito de encubrimiento de abusos, al afirmar que no existen “indicios racionales de criminalidad”. La solicitud de la defensa de Oltra se basa en dos autos de archivo de la instrucción y la petición de sobreseimiento de la Fiscalía y se presenta cuando se especula con su vuelta a la política.
En el escrito de alegaciones presentado por la defensa, al que ha tenido acceso Efe, se afirma que los autos recurridos “son plenamente ajustados a derecho y fundamentan clara y reiteradamente los motivos que han llevado al instructor a acordar la no apertura de juicio oral y el sobreseimiento de las actuaciones”.
El Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia desestimó en diciembre los recursos de reforma interpuestos por las acusaciones populares contra el auto en el que denegó la apertura de juicio oral contra Oltra y acordaba el sobreseimiento provisional de esta causa, decisiones ambas que se confirmaban de nuevo.
El asunto volvía a ser elevado a la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial -que ya ordenó el procesamiento de Oltra en una anterior resolución-, al haber formulado las acusaciones (María Teresa Tanco, Vox y la asociación Gobierna-te) recurso de reforma y subsidiario de apelación.
La Audiencia debe resolver ahora estos recursos y decidir si finalmente se enjuicia o no a Mónica Oltra y a varios miembros de su equipo en la Conselleria de Igualdad por el supuesto encubrimiento de abusos sexuales a una menor tutelada por la Generalitat (María Teresa Tanco) por parte del exmarido de Oltra (hechos por los que fue condenado).
Señala que el proceso inculpatorio “no puede continuar si la instrucción no ofrece sólidas razones para ello”, y destaca que más allá de consideraciones genéricas los recurrentes no invocan hecho alguno que justifique la existencia de algún indicio racional de criminalidad ni la equivocación del juzgado en lo que se refiere a Mónica Oltra».
“Las acusaciones introducen hechos nuevos, reformulan el relato en clave distinta, añaden elementos típicos no determinados en los hechos, creando un escenario donde el juez acertadamente no puede abrir juicio oral”, afirma.
En este sentido, defiende que “no existen indicios racionales de criminalidad respecto de los hechos finalmente acusados, resultando obligado el sobreseimiento y la denegación de la apertura del juicio oral”.
El escrito señala, además, que la resolución de la Audiencia Provincial “en ningún momento ordena acordar la apertura de juicio oral”, sino que una vez abierta la fase intermedia y formuladas las acusaciones, el instructor “recupera plenamente su función de garantía pudiendo -como ha realizado- acordar el sobreseimiento si aprecia inexistencia de indicios”.
Para Oltra, “aceptar la tesis de las acusaciones supondría vaciar de contenido la fase intermedia, convertir la apertura de juicio oral en un tramite automático, cuando el precepto legal no lo establece así, y erosionar gravemente el principio de presunción de inocencia”.
Indica que la resolución de la Audiencia no refleja ningún hecho que pudiera tener encaje en ninguna conducta penal y tampoco se hacía referencia a la participación de persona alguna en hechos punibles.
En este sentido, afirma que “no pueden las acusaciones en sus escritos de acusación extralimitarse de forma libre con la fijación de unos hechos y participación de personas que no vienen relacionados como partícipes en esos supuestos hechos delictivos no referidos en modo alguno en la citada resolución”.
Por todo ello, la defensa de Oltra pide impugnar los recursos de apelación interpuestos por María Teresa Tanco, Gobierna-te y Vox, “con expresa imposición de costas a los recurrentes por su temeridad”.
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