Alberto Sánchez habló sobre el procedimiento legal detrás del fallecimiento de un arrendador y qué ocurre con el inquilino.Más información: Confirmado por Hacienda: puedes reconocer tu deuda con la Agencia Tributaria «y aplazar el pago» Alberto Sánchez habló sobre el procedimiento legal detrás del fallecimiento de un arrendador y qué ocurre con el inquilino.Más información: Confirmado por Hacienda: puedes reconocer tu deuda con la Agencia Tributaria «y aplazar el pago»
Las claves
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Cuando el casero de una vivienda en alquiler fallece, el contrato de arrendamiento permanece exactamente igual, garantizando la estabilidad del inquilino al mantener vigentes todas las condiciones pactadas. Sin embargo, no siempre es así.
El abogado Alberto Sánchez compartió en sus redes sociales que en estos casos los herederos se subrogan en el contrato y asumen la posición de arrendador como si ellos mismos hubieran firmado el contrato y deben respetar la duración mínima de cinco años y limitaciones en la actualización de la renta.
No obstante, si el arrendador era usufructuario y no el propietario de la vivienda, el contrato de alquiler puede darse por terminado tras su fallecimiento.
¿Qué pasa con el alquiler?
«Si fallece el casero de la vivienda en alquiler, el contrato permanece exactamente igual», comenzó explicando el experto legal. Así señaló que la duración mínima del contrato tiene que seguir siendo cinco años y no se puede actualizar la renta por encima del límite legal y que «por supuesto no se puede cambiar la renta de un día para el otro».
Lo cierto es que este contrato se subroga a los herederos, por lo que se actúa como si lo hubiesen firmado ellos y «lo único que suele cambiar es el número de cuenta donde hay que ingresar la renta todos los meses», expresó.
No obstante, existe una excepción a esto: «Si el casero fuera usufructuario, que no es propietario, cuando fallece, el contrato de alquiler de vivienda sí puede terminar«, manifestó Sánchez.
Un usufructuario es aquella persona que tiene derecho legal de usar un bien como una casa o terreno sin ser expresamente el propietario de este. Así, tiene derecho al uso y disfrute de la misma, puede arrendarla y cobrar la renta; y puede renunciar a este derecho también.
En estos casos en que el casero era usufructuario, quien se lleva el derecho de vivir en el inmueble es el nudo propietario que es quien es el dueño legal de ese bien, pero sin poder usarlo ni habitarlo hasta que concluya el usufructo.
Este modo de vivienda se ha vuelto más popular con los años, ya que estas viviendas son mucho más baratas, por lo general pueden suponer descuentos del 50% del precio del alquiler. La diferencia con un alquiler convencional es que hay que esperar a que el usufructuario fallezca para adquirir el derecho de habitar el inmueble.
@legalmente.rrss El casero fallece. Consultas y documentos descargables en el enlace de mi perfil. #alquiler #alquileres #inquilino #propietario #parati ♬ sonido original – LegalMente.RRSS
Teniendo esto en cuenta, como inquilino es importante asegurarse de la condición del casero respecto a la vivienda, si es propietario o usufructuario, para que en caso de que ocurra cualquier situación desafortunada, estar preparado.
El Español – Sociedad
