Julio Naveira, abogado, habló sobre los contratos de alquiler de renta antigua, como el de Maricarmen, la mujer de 87 años desahuciada.Más información: Maricarmen podrá volver a su casa: tendrá un contrato de 8 años a unos 500 € al mes tras la mediación de Almeida Julio Naveira, abogado, habló sobre los contratos de alquiler de renta antigua, como el de Maricarmen, la mujer de 87 años desahuciada.Más información: Maricarmen podrá volver a su casa: tendrá un contrato de 8 años a unos 500 € al mes tras la mediación de Almeida
El caso de Maricarmen Abascal, una mujer de 87 años de edad desahuciada de su vivienda en el centro de Madrid, ha generado un importante revuelo en todo el país colocando la crisis de la vivienda en el ojo del huracán.
Lo cierto es que el contrato de Maricarmen es una renta antigua que en sus inicios permitía que el inquilino viviera con rentas inferiores al precio de mercado por años. Sin embargo, con la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 esto cambió.
Con esto, Julio Naveira, abogado inmobiliario, habló en Cope sobre este tipo de contratos y su funcionamiento haciendo énfasis en cuáles son los casos en los que se pueden prorrogar.
¿Cómo funcionan estos contratos?
Naveira explicó que los contratos de renta antigua son aquellos que «se firmaron antes del 8 de mayo de 1985 y hacia atrás, estamos hablando de contratos de hace más de 41 años«. Y tras el decreto Boyer y la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 «se establece cuándo estos años finalizan».
Ahora bien, estos contratos «finalizan cuando fallece el arrendatario original y se subroga a favor del cónyuge hasta su fallecimiento».
Lo cierto es que existe una segunda subrogación en favor de los hijos «siempre que hubieran convivido dos años antes y por un periodo máximo de dos años salvo que el hijo tenga una discapacidad superior al 75%, en cuyo caso se subrogaría hasta el fallecimiento de este hijo».
El contrato de renta antigua de Maricarmen es desde el año 1956 y según el experto contaba con «duración indefinida hasta el fallecimiento del cónyuge o el supuesto hijo y el problema esencial a día de hoy, que la renta es muy inferior a la renta actualizada«.
Vista de la acampada en por la vivienda, en la Puerta del Sol, a 28 de septiembre de 2026, en Madrid (España).
Carlos Luján
Europa Press
Además, teniendo en cuenta lo mencionado anteriormente, en vista de que Maricarmen no cuenta con una discapacidad del 75% «este contrato se extinguió«.
No obstante, que estuviese extinguido no necesariamente supone que la inquilina debe abandonar la vivienda sino que «de 2007 en adelante, no es que esté extinguido, sino que se va prorrogando tácitamente de año en año, mes a mes hasta que la propiedad decide resolver el contrato».
De esta manera, cuando la empresa Urbagestión compró el edificio decidió finalizar el contrato. Por ello, el abogado sentenció que «el desahucio de Maricarmen, no es un desahucio que venga de una ejecución hipotecaria, sino que es por un contrato de renta antigua cuya duración ha expirado».
Este lunes el Ayuntamiento de Madrid, Urbagestión y los representantes de Maricarmen lograron llegar a un acuerdo que permitirá a la octogenaria, en el caso de que acepte, volver a su casa donde ha vivido más de 70 años con un alquiler de 500 euros mensuales por ocho años.
Tras el revuelo que ha causado el desahucio de Maricarmen, que incluso ha revivido una situación que recuerda al 15-M en el año 2011 con miles de acampados en la Puerta del Sol, el Gobierno pretende aprobar en el Congreso un decreto de vivienda que garantice, entre otras cosas, contratos de alquiler indefinidos para evitar este tipo de situaciones.
El Español – Sociedad
