El Tribunal Supremo ha paralizado, de manera cautelar, el derecho al voto de españoles inscritos en el censo electoral tras beneficiarse de la Ley de Memoria Democrática, popularmente conocida como ley de nietos. La resolución impide que puedan ejercer el voto todos aquellos que hayan obtenido la nacionalidad sin acreditar específicamente que descienden de exiliados por motivos políticos, de orientación o de creencia y no, por ejemplo, por motivos económicos, como también contemplaba el Gobierno.
La medida cautelar impide votar a parte de los nuevos ciudadanos pero no afecta a la concesión de la nacionalidad
El Tribunal Supremo ha paralizado, de manera cautelar, el derecho al voto de españoles inscritos en el censo electoral tras beneficiarse de la Ley de Memoria Democrática, popularmente conocida como ley de nietos. La resolución impide que puedan ejercer el voto todos aquellos que hayan obtenido la nacionalidad sin acreditar específicamente que descienden de exiliados por motivos políticos, de orientación o de creencia y no, por ejemplo, por motivos económicos, como también contemplaba el Gobierno.
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