El error que más caro sale a los herederos cuando muere el titular de una hipoteca

Cuando una persona muere uno de los principales bienes que se transmiten es la vivienda. Lo más habitual es que para comprarla el titular recurriera a solicitar una hipoteca y, según los datos del INE, el plazo medio para saldar la deuda suele ser de unos 25 años.Al firmar el préstamo, el titular asume una obligación a largo plazo que, en el caso de fallecer, no desaparece. La última Estadística Anual del Banco de España reveló que los españoles se convierten ahora en propietarios por primera vez a los 47 años , lo que implica también liquidar la deuda a una edad mucho más avanzada.Si el titular muere, el monto restante de la hipoteca pasa a ser responsabilidad de los herederos cuando deciden quedarse con el inmueble (además de los impuestos que haya que pagar en función de la comunidad autónoma).El importe medio de las hipotecas en nuestro país se sitúa ya en los 178.365 euros de media en 2026, un 6% que hace un año. Eso puede suponer también en algunos casos cuotas más altas o un periodo más largo para amortizarlas.Joaquín García, experto hipotecario de Wypo, recuerda que «no hay ninguna clásula oculta en la hipoteca que se active con el fallecimiento del titular». Eso quiere decir que la deuda no se exintingue y en función de cómo se gestione esa transición puede ser más o menos complicadas. «Todo está regulado por ley y depende de cómo se resuelva la herencia», añade el experto.Hay dos seguros claveCuando se produce ese fallecimiento hay dos seguros que son claves: el de vida y el de amortización. El primero paga un capital a los beneficiarios que pueden utilizar para pagar la hipoteca si así lo desean. Es una opción más flexible aunque con una fiscalidad más alta.En el caso de los seguros de amortización, solo están pensados para cancelar la hipoteca si fallece el titular. Como explica Joaquín García: «Ambos protegen a los herederos pero lo hacen de forma distinta».El error más caro que pueden cometer los herederos de una vivienda con hipotecaAhora bien, más allá de los seguros que haya contratados hay dos errores básicos que, según señalan desde el intermediador Wypo, pueden marcar la diferencia entre resolver la situación rápido y bien y alargar el proceso.El primero es no avisar al banco del fallecimiento y el segundo es no consultar el certificado de últimas voluntades donde queda constancia de los seguros contratados y las coberturas.Algunas familias desconocen que existen estos documentos y, por ello, llegan tarde a descubrir que hay varios seguros contratados. En ocasiones, incluso, pueden haber llegado a asumir parte de la deuda con su propio patrimonio. Por ello García recomienda revisar esos documentos como parte «de los primeros pasos, no de los últimos».¿Y si no hay seguro?Los herederos siguen teniendo que asumir la deuda. Si no pueden afrontar el pago de esa cantidad, pueden rechazar la herencia, pero también rechazan el inmueble. Según los datos de los notarios, en 2024, cerca de 55.000 legatarios decidieron salir del proceso y no aceptar la herencia.Otra opción es aceptar la vivienda con las cargas e incluso avalarlo con el propio patrimonio. Por último, existe la posibilidad de aceptarla en una modalidad conocida como ‘a beneficio de inventario’, donde se responde de la deuda hasta donde alcancen los bienes heredados.Esta última modalidad la utilizan todavía muy pocos en España. Apenas el 0,5% de todas las herencias que se formalizaron en 2025 lo hicieron con esta opción: 1.811 de las más de 351.067 herencias que se aceptaron durante el año pasado, según los registros del Consejo General del Notariado.¿Qué hace el banco mientras?Mientras se resuelve el papeleo, el banco sabe que el titular ha fallecido por la notificación de sus herederos, pero eso no impide que se sigan cobrando las cuotas con normalidad.Aunque la persona haya fallecido se mantienen las mismas condiciones y la entidad financiera debe incorporar a todos los herederos en la titularidad del préstamo hipotecario. Si solo uno o varios herederos se adjudican la deuda hay que negociar con la entidad para llegar a un acuerdo. Asimismo, la entidad no puede exigir garantías adicionales a los herededores ni contratar nuevos productos en casos de que todos se hagan cargo de la deuda, algo que sí puede hacer en el caso de que no todos la asuman. Cuando una persona muere uno de los principales bienes que se transmiten es la vivienda. Lo más habitual es que para comprarla el titular recurriera a solicitar una hipoteca y, según los datos del INE, el plazo medio para saldar la deuda suele ser de unos 25 años.Al firmar el préstamo, el titular asume una obligación a largo plazo que, en el caso de fallecer, no desaparece. La última Estadística Anual del Banco de España reveló que los españoles se convierten ahora en propietarios por primera vez a los 47 años , lo que implica también liquidar la deuda a una edad mucho más avanzada.Si el titular muere, el monto restante de la hipoteca pasa a ser responsabilidad de los herederos cuando deciden quedarse con el inmueble (además de los impuestos que haya que pagar en función de la comunidad autónoma).El importe medio de las hipotecas en nuestro país se sitúa ya en los 178.365 euros de media en 2026, un 6% que hace un año. Eso puede suponer también en algunos casos cuotas más altas o un periodo más largo para amortizarlas.Joaquín García, experto hipotecario de Wypo, recuerda que «no hay ninguna clásula oculta en la hipoteca que se active con el fallecimiento del titular». Eso quiere decir que la deuda no se exintingue y en función de cómo se gestione esa transición puede ser más o menos complicadas. «Todo está regulado por ley y depende de cómo se resuelva la herencia», añade el experto.Hay dos seguros claveCuando se produce ese fallecimiento hay dos seguros que son claves: el de vida y el de amortización. El primero paga un capital a los beneficiarios que pueden utilizar para pagar la hipoteca si así lo desean. Es una opción más flexible aunque con una fiscalidad más alta.En el caso de los seguros de amortización, solo están pensados para cancelar la hipoteca si fallece el titular. Como explica Joaquín García: «Ambos protegen a los herederos pero lo hacen de forma distinta».El error más caro que pueden cometer los herederos de una vivienda con hipotecaAhora bien, más allá de los seguros que haya contratados hay dos errores básicos que, según señalan desde el intermediador Wypo, pueden marcar la diferencia entre resolver la situación rápido y bien y alargar el proceso.El primero es no avisar al banco del fallecimiento y el segundo es no consultar el certificado de últimas voluntades donde queda constancia de los seguros contratados y las coberturas.Algunas familias desconocen que existen estos documentos y, por ello, llegan tarde a descubrir que hay varios seguros contratados. En ocasiones, incluso, pueden haber llegado a asumir parte de la deuda con su propio patrimonio. Por ello García recomienda revisar esos documentos como parte «de los primeros pasos, no de los últimos».¿Y si no hay seguro?Los herederos siguen teniendo que asumir la deuda. Si no pueden afrontar el pago de esa cantidad, pueden rechazar la herencia, pero también rechazan el inmueble. Según los datos de los notarios, en 2024, cerca de 55.000 legatarios decidieron salir del proceso y no aceptar la herencia.Otra opción es aceptar la vivienda con las cargas e incluso avalarlo con el propio patrimonio. Por último, existe la posibilidad de aceptarla en una modalidad conocida como ‘a beneficio de inventario’, donde se responde de la deuda hasta donde alcancen los bienes heredados.Esta última modalidad la utilizan todavía muy pocos en España. Apenas el 0,5% de todas las herencias que se formalizaron en 2025 lo hicieron con esta opción: 1.811 de las más de 351.067 herencias que se aceptaron durante el año pasado, según los registros del Consejo General del Notariado.¿Qué hace el banco mientras?Mientras se resuelve el papeleo, el banco sabe que el titular ha fallecido por la notificación de sus herederos, pero eso no impide que se sigan cobrando las cuotas con normalidad.Aunque la persona haya fallecido se mantienen las mismas condiciones y la entidad financiera debe incorporar a todos los herederos en la titularidad del préstamo hipotecario. Si solo uno o varios herederos se adjudican la deuda hay que negociar con la entidad para llegar a un acuerdo. Asimismo, la entidad no puede exigir garantías adicionales a los herededores ni contratar nuevos productos en casos de que todos se hagan cargo de la deuda, algo que sí puede hacer en el caso de que no todos la asuman.  

Cuando una persona muere uno de los principales bienes que se transmiten es la vivienda. Lo más habitual es que para comprarla el titular recurriera a solicitar una hipoteca y, según los datos del INE, el plazo medio para saldar la deuda suele ser … de unos 25 años.

 RSS de noticias de economia

Noticias Relacionadas