El Gobierno cambia la norma: las empresas tendrán que rehacer las nóminas del primer trimestre de 2026

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Las claves

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El Gobierno ha publicado una nueva orden de cotización a la Seguridad Social con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026.

Las empresas tendrán que rehacer las nóminas del primer trimestre de 2026, ya que las cotizaciones de enero y febrero deben corregirse.

La Seguridad Social regularizará de oficio las cotizaciones de enero y febrero, pero las de marzo deberán ser ajustadas por las propias empresas en poco tiempo.

Esta situación genera caos y falta de seguridad jurídica tanto para empresas como para trabajadores, repitiendo retrasos en la publicación de las normas en años anteriores.

Cambio importante el que se avecina para los trabajadores por cuenta ajena. Y es que el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, por la que se fijan las normas de cotización a la Seguridad Social, desempleo, cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2026.

A resaltar: la norma entró en vigor el pasado 1 de abril, pero tiene efectos desde el 1 de enero. ¿Qué quiere decir esto? Que todo el primer trimestre del año se ha gestionado sin conocer las reglas definitivas de cotización.

“La consecuencia más inmediata es que las cotizaciones de enero y febrero, que ya han sido abonadas, deberán corregirse”, afirman desde el Consejo General de Graduados Sociales de España.

No hay margen de maniobra

Es la propia Seguridad Social la que se ha comprometido a regularizarlas de oficio. Así lo ha anunciado en el Boletín RED 2026/05.

Con todo, hay un problema sobre la mesa. Y es que las cotizaciones de marzo, que deben pagarse en abril, quedan fuera de esa regularización automática. Dicho de otra manera, los despachos tendrán que adaptarse a la nueva norma en cuestión de días y sin margen de maniobra.

Así lo ha trasladado el presidente del Consejo General de Graduados Sociales de España, Joaquín Merchán, a la Seguridad Social: «Publicar esta Orden a finales de marzo, con efectos desde el 1 de enero, no es admisible. Los graduados sociales han tenido que trabajar durante todo el trimestre sin la información que necesitaban para hacer bien su trabajo».

¿Consecuencia? Las empresas se verán obligadas a rehacer nóminas. Y los empleados no tendrán sus nóminas actualizadas.

“Las empresas y las personas trabajadoras tienen derecho a tener seguridad jurídica, a saber lo que van a cobrar y cotizar desde el 1 de enero. Esto es lo que pedimos y exigimos”, reclama Merchán.

Porque esta situación anómala “implica una liquidación complementaria y rehacer nóminas en tiempo récord. Un caos para las pymes y empresas y los trabajadores”.

La situación no es nueva. Fue en el año 2022 cuando sucedió por primera vez, publicándose la orden de cotización el 31 de enero del 2023. En el 2023, la orden de cotización llegó a publicarse el 28 de marzo de 2024, casi 3 meses después de comenzar el año y justo antes de cerrar las nóminas.

En el 2024, se produjo el 26 de febrero de 2025; y, la del 2025, se ha completado publicándose la orden de cotización el 31 de marzo de 2026, tres meses después del comienzo de año. No sólo con tres meses de retroactividad aplicada, sino que se ha juntado con los cierres de impuestos en las sociedades.

 El Español – Sociedad

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